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CNII observará la política pública de protección especial en el acogimiento institucional

El Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional llevará a cabo un proceso de observancia nacional a la política pública de protección especial, en el marco del acogimiento institucional, siendo el órgano responsable de velar por la plena vigencia y el ejercicio de los derechos de niñas, niños, adolescentes, jóvenes y personas adultas mayores.

Ejerciendo su atribución de observancia, el CNII realizará esta actividad que permitirá conocer la situación que existe y se vive sobre el tema del acogimiento institucional, para lo cual se encuentra coordinando acciones con el Ministerio de Inclusión Económica y Social, como el ente rector de esta política pública en el país.

Ante los casos suscitados en la gestión de las instituciones de acogimiento institucional que son de conocimiento público, el CNII en cumplimiento de sus atribuciones, realizará este proceso de observancia a la política pública de protección especial del MIES, en relación al funcionamiento de los servicios de acogimiento institucional para niñas, niños y adolescentes a nivel nacional, para contar con información sobre el tema de observancia, de fuente directa del rector y ejecutor de la política pública de protección especial.

En este proceso se analizarán los servicios de acogimiento institucional que actualmente se encuentran funcionando con financiamiento del MIES, su ubicación geográfica, cobertura e instrumentos de la política pública para la apertura y funcionamiento de los servicios de acogimiento institucional. (Norma técnica o modelo de gestión); así también los instrumentos para el seguimiento y monitoreo al funcionamiento y calidad de los calidad de servicios de acogimiento institucional emitidos por el MIES.

¿Qué es la observancia de políticas públicas?

El CNII, define a la observancia de políticas públicas, como un proceso que ante las amenazas o vulneraciones de derechos, investiga y analiza información que permite identificar inconvenientes en el diseño e implementación de las políticas públicas relacionadas a los grupos generacionales.

De este proceso se genera un informe con recomendaciones y propuestas para el perfeccionamiento continuo de las intervenciones de las entidades rectoras y ejecutoras de la política pública de todas las funciones del Estado, a fin de prevenir nuevas amenazas o vulneraciones de derechos.

¿Qué es el acogimiento institucional en el Ecuador?

El Acogimiento Institucional en Ecuador, es una medida de protección para niños, niñas y adolescentes, una medida de protección temporal, dispuesta por la autoridad judicial, en los casos en que no sea posible el acogimiento familiar, para aquellos niños, niñas y adolescentes que se encuentran privados de su medio familiar.

El objetivo principal que tiene el acogimiento institucional es garantizar los derechos, de niñas, niños y adolescentes, brindándoles un entorno seguro y adecuado para su desarrollo integral mientras se trabaja para reintegrarlos a su familia de origen o encontrar una familia alternativa.

¿En qué casos se aplica el acogimiento institucional?

El acogimiento institucional se aplica en situaciones excepcionales, cuando la permanencia o cuidado de niñas, niños y adolescentes, en su entorno familiar se vea amenazada o atente contra su interés superior. Algunos ejemplos de estas situaciones son:

  • Abandono o negligencia por parte de los padres o cuidadores.
  • Maltrato físico, psicológico o sexual.
  • Violencia intrafamiliar.

¿Quiénes son responsables del acogimiento institucional?

El MIES es el ente rector del acogimiento institucional en Ecuador. La atención directa de las niñas, niños y adolescentes en situación de acogimiento institucional puede estar a cargo de:

  • Instituciones públicas: Hogares de acogida administrados directamente por el MIES.
  • Organizaciones privadas sin fines de lucro: Convenios con el MIES para la gestión de hogares de acogida.
  • Entidades de atención privada: Con autorización y supervisión del MIES.

¿Cuáles son los derechos de niñas, niños y adolescentes en acogimiento institucional?

  • Vivir en un entorno seguro y adecuado para su desarrollo integral.
  • Recibir educación, salud, alimentación y vestuario.
  • Mantener contacto con su familia de origen, siempre que sea posible y beneficioso para su desarrollo.
  • Ser escuchados y participar en las decisiones que les afectan.
  • Recibir protección contra cualquier forma de maltrato o discriminación.

Es importante recordar que el acogimiento institucional debe ser una medida de último recurso y que el objetivo prioritario siempre debe ser la reintegración de niñas, niños y adolescentes a su familia de origen, o la búsqueda de una familia alternativa que les brinde un entorno seguro y estable para su desarrollo integral.