Saltar al contenido principal

Archidona cuenta con ordenanza para activar el Sistema de Protección de Derechos

En el cantón Archidona se abrió un amplio debate sobre la inclusión del Sistema de Protección Integral de Derechos en la Ordenanza del Centro de Atención Social Prioritaria Llakik Wasi, que es un entidad de derecho público, adscrita al GAD Municipal Archidona, esta entidad pública recientemente creada, regida e integrada por las políticas sociales, con patrimonio propio, autonomía administrativa y financiera, con una duración indefinida y su domicilio se encuentra situado en la ciudad de Archidona, provincia de Napo, dentro de este marco legal, en la actualidad, se encuentra incluido el Sistema Integral de Protección de Derechos de Archidona.

Con este antecedente y después de haber realizado varias asistencias técnicas sobre la importancia de la institucionalidad y representación correspondiente del Sistema de Protección de Derechos de Archidona, que garantice los derechos de los grupos de atención prioritaria, como lo son: niñas, niños, adolescentes, jóvenes y personas adultas mayores, se realizó la primera Sesión Extraordinaria 001-2024 del Cuerpo Colegiado del Consejo de Protección de Derechos de Archidona -CCPD-, con el fin de debatir esta propuesta y construir la ordenanza sustitutiva que implementa y regula el Sistema Cantonal de Protección, Equidad e Inclusión de derechos del cantón Archidona con autonomía administrativa.

En esta sesión estuvieron presentes los 12 miembros del Pleno del Consejo Cantonal de Protección de Derechos de Archidona, el Secretario Ejecutivo del Centro de Atención Social Prioritaria Llakik Wasi, Galo Chicaiza y la presidenta de la Comisión de Igualdad y Género de Archidona, la concejala Eulalia Rubio. “Esta es la oportunidad para consolidar y construir la autonomía funcional y administrativa del Sistema de Protección de Derechos de Archidona, que ahora coordinará con el Centro de Atención Social Prioritaria Llakik Wasi o como se conocía antes, Dirección de Desarrollo Social de Archidona”, mencionó Ofelia Salazar, representante de la sociedad civil del CCPD.

Para el CNII, los consejos cantonales de protección de derechos son parte fundamental del Sistema de Protección de Derechos y según el artículo 598 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), manda a cada gobierno autónomo descentralizado metropolitano y municipal, a organizar y financiar un Consejo Cantonal de Protección de los Derechos, consagrados por la Constitución y los instrumentos internacionales de derechos humanos.
Así como es fundamental garantizar la aplicación del Art. 11 de la Constitución de la República del Ecuador sobre el ejercicio de los derechos que contempla el principio de igualdad y no discriminación orientado a los grupos y personas de atención prioritaria con la existencia de un sistema que, posibilite la protección integral de los derechos humanos para todas las personas.

El Código Orgánico de Organización Territorial (COOTAD), en el artículo 54.j señala entre las funciones del gobierno autónomo descentralizado municipal: “Implementar los sistemas de protección integral del cantón que aseguren el ejercicio, garantía y exigibilidad de los derechos consagrados en la Constitución y en los instrumentos internacionales, lo cual incluirá la conformación de los consejos cantonales, juntas cantonales y redes de protección de derechos de los grupos de atención prioritaria. Para la atención en las zonas rurales coordinará con los gobiernos autónomos parroquiales y provinciales”.

En dos jornadas de trabajo, de 6 horas cada una, se debatieron los 75 artículos de Ordenanza Sustitutiva que implementa y regula el Sistema Cantonal de Protección, Equidad e Inclusión de derechos del cantón Archidona. Como resultados de esta reuniones fueron:


a. La Secretaria Técnica del CCPD de Archidona, Sonia Grefa redactará, lo antes posible, otro borrador de la ordenanza analizada, con las correcciones realizadas en estas jornadas de trabajo para nuevamente ser socializado con el Pleno del Consejo Cantonal.
b. Se trazará una hoja de ruta para socializar el borrador de esta Ordenanza con las/os miembros de la Junta Cantonal de Protección de Derechos y los otros integrantes de la Comisión de Igualdad y Género de Archidona.
c. El Secretario Ejecutivo del Centro de Atención Social Prioritaria Llakik Wasi se comprometió a realizar las consultas necesarias con los Departamentos: Jurídico y Financiero para fortalecer el Sistema de Protección de Derechos, con una ordenanza propia, que fundamente al Sistema Integral de Protección de Derechos de Archidona, como un conjunto articulado y coordinado de organismos, entidades y servicios para la protección de los derechos de todas las personas, a lo largo de la vida, con especial atención a niñas, los niños, las y los adolescentes, las mujeres, las personas adultas mayores, como se instituye en los siguientes cuerpos legales:
– Constitución de la República del Ecuador
– Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, COOTAD;
– Código de la Niñez y Adolescencia;
– Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la violencia contra las Mujeres;
– Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores;
– Orgánica de Discapacidades; y,
– Ley Orgánica de Movilidad Humana, entro otros.