Consejo de Protección de Derechos de Guayaquil emitió Pronunciamiento
El Consejo Cantonal de Protección Integral de Derechos de Guayaquil CCPID-G ante las continuas acciones ocurridas relacionadas a la violencia y maltrato que vulneran los derechos de la niñez y adolescencia de la ciudad, en el marco de sus atribuciones declaradas en el art. 10 de la Ordenanza de conformación, organización y funcionamiento del Sistema Cantonal de Protección Integral de derechos del cantón, manifiesta lo siguiente:
1. EVOCAMOS que es deber del Estado, la sociedad y la familia, dentro de sus respectivos ámbitos, adoptar las medidas políticas, administrativas, económicas, legislativas, sociales y jurídicas que sean necesarias para la plena vigencia, ejercicio efectivo, garantía, protección y exigibilidad de la totalidad de los derechos de niños, niñas y adolescentes.
2. REITERAMOS que le corresponde prioritariamente al padre y a la madre, la responsabilidad compartida del respeto, protección y cuidado de los hijos y la promoción, respeto y exigibilidad de sus derechos.
3. INSTAMOS cumplir con el deber que tienen todas las personas de intervenir en el acto para proteger a un niño, niña o adolescente en casos de maltrato (negligencia), violencias, abuso y otras vulneraciones de sus derechos; y requerir la intervención inmediata de la autoridad competente.
4. EXIGIMOS se respete el derecho a la integridad personal, física, psicológica, cultural, afectiva y sexual que tienen los niños, niñas y adolescentes. No podrán ser sometidos a torturas, tratos crueles y degradantes. Y no se admite la justificación o alegación de que el maltrato constituye un método formativo o una práctica cultural tradicional de educación.
5. INSTAMOS a todas las entidades que brinden servicios, públicas y privadas, que cumplan con las medidas de protección y resoluciones administrativas y judiciales que emitan las autoridades correspondientes y con los estándares de calidad establecidos.
6. PEDIMOS a los progenitores cumplir con el deber general de respetar, proteger y desarrollar los derechos y garantías de sus hijos e hijas. Para este efecto están obligados a proveer lo adecuado para atender sus necesidades materiales, psicológicas, afectivas, espirituales e intelectuales, entre otras.
7. EXHORTAMOS a los funcionarios públicos y la ciudadanía en general, a denunciar a tiempo los actos de maltrato, violencia o vulneración de derechos que estén ocurriendo y afectando la vida de los niños, niñas y adolescentes. Toda persona por ley está obligada a denunciar un hecho que presente estas características, a fin de evitar la pérdida de la vida de un hijo o hija, como lamentablemente sucedió con un niño de 2 años de edad presuntamente asesinado por su padrastro y el suicidio de un adolescente víctima de bullying y que probablemente no encontraron una respuesta de ayuda adecuada en el sistema de su familia y de educación.
Hola, un saludo fraterno a todos quienes constituyen Consejos Cantonales de Protección de los Grupos de atención prioritaria. Sería importante a nivel de todo el paós, buscar las alternativas suficientes y necesarias para que todos los gobiernos municipales del paós, den la importancia necesaria a lso CCPD, otorgándoles los recuros necesarios para su normal funcionamiento. Así mismo es hora yá que en todas las instituciones públicas del pais los CCPD, sean valorados y se los tome enceunta como se lo merecen, somos los únicos en luchar por los derechos de los grupos de atención prioritaria. FELICIDADES
En los planteamientos emitidos por el Consejo de Protección de Derechos de Guayaquil, se han definido con muy buena aseveración, acertación todos los puntos esenciales, efectivos que debemos de mantener, realizar, cumplir y hacer cumplir para que estos derechos se cumplan.